El partido UPyD, liderado por Rosa Díez, presentó en el Congreso de los Diputados una moción contra “el derecho a decidir” que ha sido aprobada por el pleno en sesión de 29 de octubre de 2013, con los votos favorables de 265 diputados, del PP, UPN, Foro y PSOE; se han abstenido los 13 diputados presentes del Partido Socialista de Cataluña, que han roto disciplina de voto socialista y han acreditado que ni respetan el principio de soberanía y unidad nacional, ni aprecian el sentir del PSOE respecto a la indivisibilidad de España. Votaron 48 diputados en contra, es decir, a favor del derecho a decidir, pertenecientes a los partidos nacionalistas, CyU, PNV, ERC, comunistas y otros de izquierda.
¿Qué es el derecho a decidir?. Se habla del derecho a decidir como si fuera un derecho conocido y admitido en el ámbito jurídico; pero la frase “derecho a decidir” no significa nada, sólo aludiría a la autonomía de voluntad de las personas; se trata de una frase vacía, carente de contenido jurídico ¿decidir quién, qué, cómo, por qué?; sin embargo, de forma calculadamente imprecisa, se está utilizando en el ámbito político como derecho a la separación, como si el sistema democrático admitiera poder votar a los vecinos (el pueblo) de un territorio su separación del estado del que forma parte, olvidando la norma general y los derechos de los demás ciudadanos o titulares. En Derecho Internacional se utiliza el derecho de “autodeterminación” en casos de ocupación colonial por una potencia, pero España, es sabido, es un estado unitario desde 1478.
Ha sido una iniciativa parlamentaria importante, acertada en el fondo y planteada en el momento oportuno. El Congreso de los Diputados, que representa a todo el pueblo español, ha dejado claro con esta moción declarativa que las cuestiones que afectan a la soberanía nacional, sólo pueden someterse a la votación de todos los españoles, según el procedimiento legal, y que son rechazables las recientes actuaciones del Parlamento de Cataluña, del Gobierno de Cataluña y de los independentistas catalanes tendentes a romper la unidad de España.
Esta moción se ha limitado a reiterar el contenido de la Constitución ya que, cualquier decisión que afecte a la soberanía nacional, sólo puede ser adoptada por todos los ciudadanos españoles, por el pueblo español, que es el titular del derecho de soberanía que implica la unidad e indivisibilidad de España, según disponen los arts. 1 y 2 de la Constitución de 1978. Así pues, cualquier decisión que pretenda reformar este derecho no puede ser adoptada por una parte del pueblo español, excluyendo al resto. ¿Por qué no piensan los nacionalistas que los demás españoles también tienen derechos?. Los requisitos que requeríria una reforma sobre esta materia están previstos en los arts. 166 a 169 de la Constitución. En efecto, la soberanía (art. 1 y 2), el principio de autonomía, de solidaridad interterritorial o de igualdad de derechos y obligaciones de los españoles, en cualquier lugar de España, se sitúa en el título preliminar de la Constitución de 1978, por lo cual, su reforma, requiere cumplir el procedimiento reforzado del art.168 de la Constitución. Establece tres requisitos esenciales:
1º Aprobación del proyecto de reforma por mayoría de dos tercios de cada cámara y disolución de las Cortes.
2º Convocatoria y celebración de elecciones generales de modo que sean las nuevas Cámaras elegidas las que habrán de ratificar y aprobar el nuevo texto por mayoría de dos tercios de ambas Cámaras.
3º Referéndum nacional para la ratificación de la reforma constitucional.
La moción aprobada por el Pleno del Congreso viene a recordar que cualquier cambio legal sobre la soberanía nacional exige un proyecto de reforma constitucional y tramitarlo según lo dicho. Sería un error que los independentistas quisieran actuar “a las bravas”, por la vía de los hechos consumados, olvidando la Historia, los derechos y sensibilidad de quienes quieren ser españoles, que España es un Estado de Derecho, descentralizado, e integrado en la Unión Europea. Todos tenemos sentimientos, no sólo los nacionalistas, y la Constitución regula los mecanismos jurídicos y económicos de control de las diversas administraciones que integran la organización territorial del Estado. Más aún, hay sentimientos y derechos de las personas como la libertad de opinión, de cultura, de enseñanza, que el gobierno autonómico debe respetar pues son derechos fundamentales e iguales para todos los españoles, cualquiera que sea el lugar donde vivan.
Ante las evidencias, de orden legal interno y europeo, parece que hay deseos para negociar “con España”, pero será difícil si el planteamiento sólo radica sobre la independencia.Tal vez el diálogo deba comenzar por saber qué propone el gobierno independentista sin pedir al gobierno algo que “contente” a los nacionalistas.
CONCLUSIÓN
Es un acierto la moción aprobada en el Congreso de los Diputados el 29 de Octubre de 2013 contra el derecho a decidir de una parte de la población española, excluyendo al resto, para la segregación de parte del territorio nacional. Quienes deseen proponer un cambio sobre la soberanía nacional, habrán de proponer un proyecto de reforma constitucional para que todos los ciudadanos españoles, es decir, el pueblo español, como titular de ese derecho, pueda votarlo, pueda decidir.