Nuestra Constitución, como sucede en la gran mayoría en los Estados, no abre las relaciones internacionales a las Comunidades Autónomas (en adelante, CCAA), aunque una leal y limitada acción exterior no les debe ser vedada. Pero los Estatutos de Autonomía del pasado siglo dieron un giro para sortear el texto constitucional. Todos, a pesar del rechazo constitucional expreso, durante su elaboración incluyeron el deber de informarles sobre los Tratados que el Estado tiene proyectado concluir […]
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Un artículo de Araceli Mangas Martín publicado en EL MUNDO el 7 de noviembre de 2019